-Visas
La admisión a territorio mexicano queda sujeta a la decisión final de las autoridades migratorias y sanitarias del país.
+ Visas de turismo
+ Para costarricenses
Los nacionales costarricenses no requieren visa para ingresar a México en calidad de turista. En caso de que sea otro el propósito del viaje, se requerirá invariablemente ir debidamente documentado.
Si viaja como turista, únicamente requiere presentar lo siguiente:
- Pasaporte vigente
- Boleto de ida y vuelta que marque su salida antes de los 30 días.
- Un mínimo de US 600.00 dólares o tarjeta de crédito internacional
Tenga en cuenta que no obstante que el nacional costarricense no requiere visa de turista, la autoridad migratoria podrá solicitarle, en el punto de entrada a México, que compruebe los recursos necesarios para sufragar su permanencia en el país.
+ Para nacionales de otros países centroamericanos
Los nacionales de países centroamericanos distintos a Costa Rica deberán invariablemente presentar los siguientes requisitos:
· Original y fotocopia de la página principal del pasaporte vigente
· Original y fotocopia de la cedula de residencia (permanente o temporal) vigente
· En caso de nacionales de Panamá necesitan mostrar residencia permanente en el país.
· Comprobar solvencia económica mediante los siguientes documentos:
1. Constancia salarial: en papel membretado de la empresa firmado y sellado por un responsable que incluya los datos personales del solicitante: nombre, número de pasaporte, número de cedula de residencia, puesto que desempeña, antigüedad, salario mensual, y las tres últimas ordenes patronales en original y fotocopia.
2. Constancia bancaria con saldo promedio semestral. (No se reciben estados de cuenta mensuales).
3. Fotocopia de tarjeta de crédito internacional y último estado de cuenta en donde aparezca el límite de crédito.
· Si fuera el caso, realizar el pago de derechos en dólares, en monto exacto.
· El trámite es personal
+Para nacionales extranjeros no centroamericanos
Para solicitar visa de ingreso a México en todas las características migratorias (salvo en tránsito) se requiere presentar invariablemente, cédula de residencia permanente. En caso contrario, su visa deberá ser consultada ante el Instituto Nacional de Migración.
Además del original y copia de la cédula de residencia permanente se requerirá presentar lo siguiente:
· Original y fotocopia de la página principal del pasaporte vigente
· Comprobar solvencia económica mediante los siguientes documentos:
1. Constancia salarial: en papel membretado de la empresa firmado y sellado por un responsable que incluya los datos personales del solicitante: nombre, número de pasaporte, número de cédula de residencia, puesto que desempeña, antigüedad, salario mensual, y las tres últimas ordenes patronales en original y fotocopia.
2. Constancia bancaria con saldo promedio semestral. (no se reciben estados de cuenta mensuales).
3. Fotocopia de tarjeta de crédito internacional y último estado de cuenta en donde aparezca el límite de crédito.
4. Si fuera el caso, realizar el pago de derechos en dólares, en monto exacto.
· El trámite es personal
- Visas consultadas
Para visa consultada, se requiere presentar original y fotocopia de la cédula de residencia temporal vigente y/o visa de trabajo o estudiante o carnet de refugiado, además de lo siguiente:
· Original y fotocopia de la página principal del pasaporte vigente
· Comprobar solvencia económica mediante los siguientes documentos:
1. Constancia salarial: en papel membretado de la empresa firmado y sellado por un responsable que incluya los datos personales del solicitante: nombre, número de pasaporte, número de cédula de residencia, puesto que desempeña, antigüedad, salario mensual, y las tres últimas ordenes patronales en original y fotocopia.
2. Constancia bancaria con saldo promedio semestral. (no se reciben estados de cuenta mensuales).
3. Fotocopia de tarjeta de crédito internacional y último estado de cuenta en donde aparezca el límite de crédito.
4. Si fuera el caso, realizar el pago de derechos en dólares, en monto exacto.
La respuesta a su consulta le será informada en aproximadamente 30 días naturales después de iniciado el trámite.
- Visa FM3 para visitantes sin actividad lucrativa (personas de negocios)
· Original y fotocopia de la página principal del pasaporte vigente
· Original y fotocopia de la cédula de residencia vigente
· Carta en papel membretado de la empresa en Costa Rica (y México), firmada y sellada por un responsable en donde se incluyan los datos personales del solicitante: nombre, número de pasaporte, número de cédula de residencia, puesto que desempeña, antigüedad, salario mensual y motivo del viaje.
· Dos fotografías, tamaño pasaporte (4.5x3.5 cms.), a color, de frente, con fondo blanco, sin lentes, rostro descubierto, recientes e iguales.
· Pagar los derechos consulares únicamente en dólares estadounidenses y en monto exacto.
· El trámite es personal
· El titular cuenta con 90 días a partir de la fecha de emisión de la visa para ingresar a territorio nacional
- Visa FM3 para transportistas
Se expedirá a los transportistas costarricenses o centroamericanos quienes requieren presentar los siguientes documentos:
· Original y fotocopia de la página principal del pasaporte vigente
· Original y copia de la cédula de identidad.
· Original y copia de la licencia y carnet de transportista (vigente)
· Carta de FECATRANS debidamente firmada y sellada en original.
· Carta de la empresa.
· Dos fotografías, tamaño pasaporte (4.5x3.5 cms.), a color, de frente, con fondo blanco, sin lentes, rostro descubierto, recientes e iguales.
· El trámite es gratuito.
- Visa de estudiante para nacionales costarricenses y/o centroamericanos
· Original y copia de la constancia de inscripción formal en una institución educativa con reconocimiento oficial
· Original y fotocopia de la página principal del pasaporte vigente
· Dos fotografías, tamaño pasaporte (4.5x3.5 cms.), a color, de frente, con fondo blanco, sin lentes, rostro descubierto, recientes e iguales.
· Declaración jurada de los padres ante notario público o del propio interesado, en donde compruebe estricta y satisfactoriamente su solvencia económica y la percepción periódica e ininterrumpida de recursos económicos por la cantidad de $300.00 dólares mensuales para su sostenimiento durante el tiempo que duren sus estudios.
· El trámite es gratuito
- Si es becario del gobierno mexicano:
· Original y copia de la carta de aceptación por parte de la Embajada
· Original y fotocopia de la página principal del pasaporte vigente
· Dos fotografías, tamaño pasaporte (4.5x3.5 cms.), a color, de frente, con fondo blanco, sin lentes, rostro descubierto, recientes e iguales
· El trámite es gratuito.
- Visa de tránsito para nacionalidades que no requieren el permiso previo del Instituto Nacional de Migración
· Original y fotocopia de la página principal del pasaporte vigente
· Original y copia del boleto de avión que marque su salida de territorio nacional en un plazo no mayor de 30 días.
· Original y copia de la visa de tercer país, en caso de que su nacionalidad lo requiera.
- Fotocopia de una tarjeta de crédito internacional y original del último estado de cuenta y/o
- Cuentas bancarias en dólares o en colones y/o
- Mostrar US 600.00 dólares en ventanilla en efectivo o cheques de viajero.
- Algunas nacionalidades requieren fotografías. si fuera el caso, deberá presentar dos fotografías, tamaño pasaporte (4.5x3.5 cms.), a color, de frente, con fondo blanco, sin lentes, rostro descubierto.
- Si fuere el caso, pago de derechos en dólares y en monto exacto.
Importante:
Si su tránsito por territorio nacional es menor a 24 horas, no requiere tramitar visa. en este caso no existe la posibilidad de abandonar la sala asignada por las autoridades de migracón.
+Menaje de casa
Se tramitará únicamente a aquellos extranjeros que sean portadores de FM3 con actividades lucrativas, FM2 u otra forma migratoria vigente en todos los casos, que demuestre calidad de inmigrante.
Para ello, deberá presentar original y cuatro (4) copias de los siguientes documentos:
· Forma migratoria.
· Pasaporte vigente.
· Lista de menaje según indicaciones de la Sección Consular. la lista escrita a máquina o computadora, a renglón seguido, de los objetos que componen su menaje de casa, numerados progresivamente empezando con los aparatos eléctricos, de los cuales anotará obligatoriamente, la marca, modelo y número de serie. La lista deberá continuar con los demás artículos, indicando el contenido de cada una de las cajas.
· Realizar el pago de derechos consulares correspondiente, en dólares y monto exacto.
· El trámite es estrictamente personal. sólo se podrá hacer por interpósito de una tercera persona siempre y cuando se presente con un poder notarial realizado en México o en Costa Rica.
· Todos los artículos deberán ser usados. en caso contrario, deberá pagar los impuestos de ley.
· El automóvil y las obras de arte, no están considerados en el menaje de casa.
· En materia de vinos, cigarrillos y bebidas alcohólicas, aplican las restricciones aduanales por miembro familiar.
La Sección Consular expedirá el certificado adjunto a la lista de menaje de casa sin perjuicio de la calificación definitiva que las autoridades aduaneras hagan en cada caso.
-Otros trámites
La Sección Consular expedirá el certificado adjunto a la lista de menaje de casa sin perjuicio de la calificación definitiva que las autoridades aduaneras hagan en cada caso.
+ Certificado de antecedentes no penales
La Sección Consular sólo expide certificado de antecedentes no penales a los mexicanos o extranjeros que comprueben fehacientemente haber registrado su último domicilio en el D.F. o el estado de Tabasco. Para tales efectos se requiere presentar lo siguiente:
· Original y fotocopia de la credencial de elector que marque un domicilio en alguna de las 16 delegaciones del distrito federal o del Estado de Tabasco.
· Original y copia de recibos de agua, luz y teléfono a su nombre, de su cónyuge o de sus padres si hubiere vivido con ellos.
· Dos fotografías, tamaño pasaporte (4.5x3.5 cms.), a color, de frente, con fondo blanco, sin lentes, rostro descubierto.
· Pago de derechos en dólares, monto exacto.
· El trámite es personal.
Si usted registró su último domicilio en el resto de las entidades del país, deberá obtener dicho documento ante los órganos competentes que marque las leyes locales de cada Estado.
+ Fe pública consular
Si usted va otorgar un poder, deberá tener en cuenta que cuando una persona casada bajo el régimen de sociedad conyugal desee otorgar un poder general o especial que incluya actos de administración y/o de dominio, deberá otorgarlo también su cónyuge.
-Poderes generales o especiales otorgados por personas físicas, requisitos:
· Llenar la solicitud correspondiente, la cual se puede obtener en la Sección Consular.
· Obtener una cita y presentarse en la fecha y hora que se le indique, para firmar el poder y recoger el testimonio.
· Identificación oficial vigente, con fotografía y firma. (Deberá presentar el original y una fotocopia legible).
· Presentar original y copia de un recibo de servicios públicos en el que aparezca el domicilio del interesado.
· Pagar los derechos consulares correspondientes en monto exacto en dólares